Como ya comenté en el anterior artículo, un tema que ha sido un auténtico quebradero de cabeza para el comercio electrónico es el cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).
La norma que recoge todas las obligaciones en cuestión de protección de datos (de los clientes y potenciales clientes) es la Ley Orgánica 15/1999 del 13 de diciembre, y los posteriores Reales Decretos que han modificado ciertos aspectos de la misma. A grandes rasgos, regula los siguientes aspectos:
Será obligatorio para todos los comercios electrónicos comunicar a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) la existencia de una base de datos de carácter personal. Este trámite se puede efectuar online de forma gratuita a través de la web de la AEPD con el sistema NOTA, respondiendo a las preguntas suministradas en el cuestionario, rellenando un formulario de solicitud, cuya recepción será posteriormente confirmada por parte de la AEPD.
Lee el post entero en: ContuNegocio.es (25 de Junio del 2015).